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BENEFICIOS en la compra de vehículos para personas discapacitadas

Exoneración de impuestos (IVA, ICE y Aranceles) los cuales se aplican de acuerdo al grado de discapacidad, en los porcentajes establecidos en los reglamentos.

Exoneración de impuesto fiscal en Matriculación (SRI) de acuerdo al grado de discapacidad.

BENEFICIO para clientes maresa center

Coordinación de las actividades administrativas para el trámite de la solicitud de exoneración de tributos.

Solicitud para obtener la firma electrónica a través de Security Data.

Ingreso de documentación para permiso de importación en el sistema de ECUAPASS (SENAE).

Validación de carnet de página de la aduana.

BENEFICIOS en la compra de vehículos para personas discapacitadas
Grado de discapacidad
Porcentaje para aplicación del beneficio

60%

70%

80%

100%

Del 30% al 49%

Del 50% al 74%

Del 75% al 84%

Del 85% al 100%

El beneficio para la importación de vehículos con exoneración de Aranceles es a partir del 30% de discapacidad, debidamente calificada por el Ministerio de Salud Pública de Ecuador (MSP).

El beneficiario está autorizado a importar un vehículo que sea equivalente a un monto de 60 salarios básicos unificados en valor FOB.

REQUISITOS para la importacón del vehículo

Copia de cédula a color --(legible).

Copia de Carnet del Ministerio de Salud Pública (MSP).

Firma electrónica (TOKEN).

Contrato de Compra Venta del vehículo.